Indemnización por negligencia médica tras un retraso en el diagnóstico del cáncer de mama

Negligencia médica por retraso de tres años en el diagnóstico de cáncer de mama en España

LUIS SOSA MARTELL

10/20/20265 min read

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El TSJA reconoce responsabilidad por un retraso en el diagnóstico de cáncer de mama

Un error de diagnóstico o una demora en las pruebas pueden privar a una paciente de la oportunidad de recibir antes el tratamiento adecuado. Un caso resuelto por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ilustra cuándo un retraso en el diagnóstico puede dar lugar a una indemnización por negligencia médica.

La paciente, de Cádiz, Andalucía, acudió a consulta médica desde 2014 por molestias en la mama izquierda, por cambios en el pezón y un nódulo palpable. La primera mamografía, realizada en junio de ese año, fue clasificada como BI-RADS 1. Según los hechos valorados por el tribunal, debió recibir una clasificación BI-RADS 3, que habría requerido un control radiológico más cercano. La siguiente prueba se realizó en noviembre de 2016 y el cáncer se confirmó en 2017.

El TSJA apreció un error inicial en la valoración y una demora diagnóstica, además de una insuficiente valoración clínica de los síntomas que constaban en la historia. También tuvo en cuenta que el carcinoma lobulillar puede ser difícil de detectar con mamografía. Finalmente, fijó en 25.000 euros, más intereses legales, la indemnización a cargo del Servicio Andaluz de Salud (SAS). El juzgado había reconocido inicialmente 81.465 euros, pero el tribunal redujo esa cuantía porque no podía determinarse con precisión cuándo habría sido detectable el tumor ni qué consecuencias se habrían evitado con un diagnóstico anterior.

Qué debe probarse en una reclamación por negligencia médica

No todo resultado tardío constituye por sí mismo una negligencia médica. Para reclamar una indemnización hay que estudiar la asistencia concreta: qué síntomas comunicó la paciente, qué pruebas se practicaron, cómo se interpretaron, qué seguimiento se indicó y si se actuó conforme a la lex artis.

También debe analizarse el daño y su relación con el error de diagnóstico o con el retraso en el diagnóstico. La cuestión puede ser si la demora causó un perjuicio identificable, agravó la enfermedad, exigió un tratamiento más agresivo o redujo las posibilidades de un mejor pronóstico. La respuesta suele requerir una pericial médica basada en la historia clínica, los informes y las imágenes diagnósticas originales.

La sentencia de Cádiz no establece una tarifa general. Los 25.000 euros corresponden a las circunstancias y pruebas de ese expediente; no garantizan una cuantía equivalente en otros casos. La indemnización debe justificarse según el daño probado y la relación causal que pueda establecerse.

Pérdida de oportunidad en el retraso diagnóstico

A veces no se puede afirmar con certeza que un diagnóstico temprano habría evitado el avance del cáncer o un tratamiento concreto. En esos casos puede valorarse la pérdida de oportunidad: si el funcionamiento sanitario privó a la paciente de una posibilidad real de obtener antes el diagnóstico o acceder a mejores alternativas terapéuticas.

La pérdida de oportunidad no sustituye la prueba del caso. Es necesario concretar qué oportunidad se perdió y con qué probabilidad habría podido beneficiar a la paciente. Por eso, en una reclamación por error diagnóstico, los informes periciales pueden ser determinantes para explicar cómo influyeron la demora, el tipo de tumor, su evolución y las opciones de tratamiento disponibles.

Responsabilidad civil médica en la sanidad privada y responsabilidad patrimonial en la pública

La expresión responsabilidad civil médica se utiliza habitualmente para hablar de indemnizaciones por daños causados durante la asistencia sanitaria. Sin embargo, la vía depende de quién prestó la asistencia y de las circunstancias.

En la sanidad pública, como en el caso del SAS, la reclamación se formula normalmente como responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria. En la sanidad privada, puede plantearse una acción de responsabilidad civil contra el profesional, el centro o, según el caso, otros responsables. No conviene elegir la vía ni calcular plazos sin revisar la documentación y la relación asistencial concreta.

El caso individual y la crisis del cribado andaluz son distintos

La sentencia analiza una asistencia prestada entre 2014 y 2017. No es una resolución colectiva sobre la crisis del cribado andaluz que se conoció públicamente en 2025. En esa crisis, la Junta identificó a 2.317 mujeres con hallazgos BI-RADS 3 que no habían recibido información proactiva y acumulaban demoras en las pruebas de seguimiento. Es un contexto relacionado, pero no permite concluir que todas esas pacientes tengan automáticamente derecho a indemnización. Cada historia clínica debe examinarse de forma individual.

Qué documentación reunir para valorar una posible reclamación

Si se sospecha que un retraso o un error de diagnóstico pudo causar un daño, conviene solicitar la historia clínica completa y conservar los informes, las imágenes de mamografías y otras pruebas, las citas solicitadas y realizadas, las comunicaciones recibidas y los informes de oncología. Una cronología clara ayuda a identificar qué ocurrió y cuándo.

La reclamación frente a la sanidad pública está sujeta a plazo. En los daños físicos o psíquicos, el cómputo puede depender de la curación o de cuándo queda determinado el alcance de las secuelas, y normalmente es de un año. Por eso, es prudente revisar pronto las fechas y la documentación con asesoramiento jurídico.

Preguntas frecuentes sobre negligencia médica y cáncer de mama:

¿Un retraso en el diagnóstico da siempre derecho a indemnización?

No. Deben acreditarse una actuación sanitaria incorrecta, un daño individualizado y una relación causal o una pérdida de oportunidad indemnizable. El mero transcurso del tiempo no resuelve esos requisitos.

¿El error de diagnóstico tiene que haber causado directamente el cáncer?

No se reclama porque el error haya originado la enfermedad, sino por los daños que pueda haber causado la demora o por la oportunidad diagnóstica o terapéutica perdida. La valoración exige prueba médica del caso concreto.

¿Los 25.000 euros son la indemnización habitual?

No. Esa fue la cuantía fijada por el TSJA en un expediente concreto. La indemnización puede variar según el daño, las secuelas y la prueba sobre el efecto de la demora.

¿Qué cambia si la asistencia fue pública o privada?

En la sanidad pública suele reclamarse responsabilidad patrimonial ante la Administración sanitaria. En la privada puede ejercitarse una acción de responsabilidad civil. La vía, los demandados y los plazos requieren una revisión individual.

Ante un posible retraso en el diagnóstico de cáncer de mama, la historia clínica, las pruebas originales y una valoración pericial permiten determinar si hubo un error de diagnóstico, qué consecuencias tuvo y si existe base para reclamar una indemnización.

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